Thursday 9 de May de 2024

SOCIEDAD | 22-09-2023 17:07

El 78,1% de las empleadas domésticas trabajan de modo informal

Es un sector históricamente castigado que viene ganando terreno en sus reivindicaciones, pero en el que aún se reflejan cuestiones culturales y sociales complejas que necesitan un cambio de mirada.

El día de Susana arranca a las 5. A las 7, toca el timbre en la casa de María Laura, donde estará hasta las 11. Así es los lunes, miércoles y viernes. Los martes y jueves irá a lo de Sofía, una señora de 80 años que vive sola y que la contrata para que un día de la semana limpie y para que el otro, haga las compras, cocine y deje el freezer lleno. De ahí se va a buscar a los chicos de Lorena al colegio, que salen pasado el mediodía y que están con ella de lunes a viernes hasta las 18. Susana abrirá la puerta de su propia casa alrededor de las 20, si es que el tren y el colectivo funcionan bien. La esperan su marido, su hija, que trabaja en un comercio, y su suegra, que vive con la familia y es quien se pone al hombro las tareas hogareñas. 


Susana es una de 1.100.000 trabajadoras de casas particulares que hay en Argentina, según contabilizan las estadísticas oficiales, lo cual representa a 1 de cada 8 mujeres ocupadas y a 1 de cada 5 de las que están bajo relación de dependencia. De ese universo, el 78,1 % está en la informalidad. Sin duda, la cuestión de género cruza transversalmente: según datos del Ministerio de Desarrollo Productivo, este es el primer sector más feminizado, con entre 96 y 98% de mujeres (el segundo es la docencia, pero allí las mujeres representan el 70%).
¿Cómo es trabajar en un rubro que históricamente fue castigado: invisibilizado, mal pago, entrampado en la informalidad y con atropellos varios? ¿En qué medida cambió su situación en la última década? ¿Cuánto falta todavía?

1 de cada 8 mujeres ocupadas y a 1 de cada 5 de las que están bajo relación de dependencia. De ese universo, el 78,1 % está en la informalidad.

Estado de situación

El 13 de marzo de 2013, el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.844 o Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. La mañana siguiente las tapas de los diarios sólo tenían una noticia: un argentino estaba al frente del Vaticano porque, justo el mismo día de la sanción legislativa, el arzobispo de Buenos Aires Jorge Bergoglio se había transformado en el Papa Francisco. Más allá de esa coincidencia que le quitó protagonismo mediático, el nuevo marco jurídico transformó la vida de muchas personas: si hasta ese momento, sólo tenían derecho a ser registradas quienes trabajaban en servicios domésticos más de cuatro horas y más de cuatro días a la semana, desde entonces, en cambio, lo tenían todas, independientemente de la carga horaria que realizaran. En la fundamentación de ese proyecto, se reconoce una “situación de marcada desprotección que evidencian las personas que se desempeñan laboralmente en el trabajo doméstico para terceros, sin que exista una justificación para ello ni se compadezca con la evolución social y jurídica alcanzada en la República Argentina”. 


¿Quiénes están alcanzadas por la ley? Quienes realizan tareas de limpieza o mantenimiento; quienes dan asistencia personal y acompañamiento a miembros de una familia que las emplea; o quienes brindan cuidado no terapéutico a personas enfermas o con discapacidad de esas familias. Se reconocen tres posibilidades de contratación: sin retiro para un mismo empleador (lo que antes se conocía como “cama adentro”); con retiro para un mismo y único empleador; y con retiro para distintos empleadores. Cada empleador debe registrar a la persona que trabaja en su casa. De esta forma, una misma persona puede tener uno o varios empleadores y goza de salario, aportes y contribuciones, tiene asignación familiar (sin perder la AUH), obra social y ART, vacaciones y feriados pagos, y licencias por enfermedad o especiales (como por maternidad, matrimonio, fallecimiento de un pariente cercano o estudio). También puede tramitar una tarifa especial para el transporte público y solicitar créditos bancarios especiales. 
Sin embargo, en el caso de Susana, sólo está registrada en uno de sus tres trabajos. En los otros dos, le repiten que no pueden afrontar ese compromiso. 


Juana del Carmen Britez es secretaria de la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) y directora general de la Federación Internacional de Trabajadoras del Hogar (FITH) -que reúne a organizaciones de África, Asia, América Latina, el Caribe, Europa y América del Norte. Dice que el primer logro fue organizarse como trabajadoras domésticas y después, a partir de participar en la elaboración del Convenio Internacional 189 sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, empezar a tener un diálogo con el Estado para conseguir convenios y el crecimiento de las organizaciones. ¿Qué significa estar registrada? Su respuesta es contundente: “Es tener derechos. Es contar con obra social, una jubilación, el aguinaldo, licencia por maternidad, vacaciones, un sueldo mínimo fijado por el Ministerio de Trabajo y por el Consejo del Salario. En definitiva, tener los mismos derechos que el resto de los trabajadores”.

Collage Trabajo domestico

Implicancias legislativas

Hagamos un poco de historia para entender el enorme paso que significó la ley. Para eso, sirve conocer un caso judicial emblemático, el de Clara Ríos Zorrilla, empleada en una casa particular hasta el 30 de abril de 2009. Ella estaba embarazada y, cuando en el octavo mes de gestación, pretendió hacer uso de su derecho a una licencia por maternidad, sus empleadores le negaron la posibilidad y consideraron que había hecho abandono del trabajo. Clara los intimó para que le abonaran los haberes adeudados y las indemnizaciones correspondientes por su despido sin causa. En ese momento, la Justicia únicamente le reconoció su derecho al aguinaldo proporcional pero rechazó el resto de los pedidos, alegando que el decreto 326/56, que regulaba la actividad hasta la última reforma legal, no preveía la licencia de maternidad para el personal que trabaja en casas particulares. Fue recién en 2014 cuando esa sentencia llegó a la Procuraduría General de la Nación y ésta dictaminó en contra de ese fallo y a favor de Clara, entendiendo que el viejo decreto era inconstitucional puesto que obviaba una protección que la legislación laboral general consagra para el embarazo y maternidad. 
Este trabajo tiene sus propias aristas. Primero, no le genera un lucro directo a quien contrata, como sucede en otras actividades. Además, supone entrar en la intimidad de un hogar. Por otro lado, se empareja con las labores no remuneradas que durante siglos estuvieron tácitamente a cargo de las mujeres y quedaron invisibilizadas. Aunque en los últimos tiempos se hayan dado avances, como la jubilación al ama de casa, y que esté cada vez más difundido que la distribución desbalanceada de las tareas domésticas entre los miembros de un grupo familiar no es natural sino cultural, ni “amor” sino trabajo no remunerado, aún resultan labores que recaen fundamentalmente en las mujeres. Entonces, si los integrantes de la familia suelen pasar por alto la cantidad de horas que requiere que una casa esté “funcionando”, como también el cuidado y la asistencia que demandan los menores de edad y las personas muy mayores o enfermas, es fácil que todo se confunda y no se termine de reconocer que esa persona ajena al hogar es una empleada y debe ser por lo tanto contratada y gozar de todos sus derechos como trabajadora que es. 


Desde la Organización Internacional del Trabajo (OIT), resaltan otro aspecto: esta relación laboral suele implicar ciertos vínculos afectivos entre las partes y, además, muchas mujeres que contratan servicio doméstico no logran verse en un rol de empleadoras, ya que esta es una actividad que ellas han hecho tradicionalmente como parte de su trabajo reproductivo no remunerado.
Entonces hay una lucha material y una lucha semántica. La primera se refleja en avances como la ley de 2013. La segunda es que no son ni “la mujer que ayuda en casa”, ni “la chica”, ni “mi doméstica”, sino que son trabajadoras de casas particulares (o trabajadores, que también los hay). “La mayoría de las condiciones de informalidad tienen raíz en que las personas no ven al trabajo doméstico como un verdadero trabajo. Necesitamos cambiar la mente y el comportamiento de los hogares que emplean a trabajadoras domésticas”, ha dicho Claire Hobden, coordinadora de la estrategia de organización sobre trabajo decente para las trabajadoras domésticas de la OIT.

En el segundo trimestre de 2020, más de 400.000 trabajadoras habían perdido sus puestos y, para el primer trimestre de 2022, 177 mil todavía no lo habían recuperado, lo que representa un 44,25% de personas desocupadas.  

Un antes y un después

A este cuadro complejo se sumó la pandemia. Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la OIT, ésta fue la categoría de empleo más afectada en la región, se contrajo el 20,9% en 2020. De acuerdo a los datos del Ministerio de Trabajo de la Nación, en el segundo trimestre de 2020, más de 400.000 trabajadoras habían perdido sus puestos y, para el primer trimestre de 2022, 177 mil todavía no lo habían recuperado, lo que representa un 44,25% de personas desocupadas.  
Para tratar de revertir esa situación e incrementar los índices de formalización, se creó el Programa Registradas. Desde que se inició, a fines de septiembre de 2021, hasta diciembre de 2022 inclusive, se registraron a 22.100 empleadas o empleados de casas particulares. 
Un logro reciente es que, a partir del Decreto 90/2023, desde junio, todas las personas empleadas en casas particulares pueden cobrar el seguro de desempleo (en caso de despido injustificado) mientras conservan asignaciones como la AUH o planes como la Tarjeta Alimentar. Además, todas podrán jubilarse y recibir cobertura en caso de invalidez o fallecimiento, sin necesidad de hacer aportes adicionales, incluso si trabajan menos de 16 horas a la semana (un límite previo al decreto). 


El ministerio de Trabajo también ofrece cursos gratuitos de capacitación y profesionalización en casas particulares y servicios sociales. A su vez, hay un Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, que actúa en casos de conflicto o para homologar acuerdos entre empleados y empleadores. 
¿Es suficiente? “Mi mamá trabajó cama adentro antes de casarse y, si comparo mi situación con esa época en la que todo era mucho peor, entiendo que ganamos grandes batallas. Hay patrones que son muy buenos pero hay otros con los que todo es un tira y afloje, desde que te respeten un feriado hasta que te den los aumentos. Y cuando pedís que te pongan en blanco, te corren con que no pueden y vos seguís aguantando porque necesitás la plata. Deseo que entiendan que igual que ellos quieren estar bien en sus trabajos y que les respeten las condiciones más básicas, nosotras también”, cierra Susana. 

 

ILUSTRACIÓN: VERÓNICA MARTÍNEZ CASTRO. 

 

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