Hablar de dinero en la pareja, en general, incomoda. En parte, esto se debe a la idea del amor romántico y sin dudas, a la confusión y la falta de consensos sociales sobre este tema: lo que es justo y equitativo en la gestión económica está atravesado por los estereotipos de género que se reproducen al interior de los vínculos amorosos.
Como explica, la abogada, autora y consultora chilena Francisca Bravo Cox, “Históricamente las mujeres no pertenecen al mundo de lo público y del dinero”. Hace apenas pocos años “se nos considera capaces de manejar nuestros propios bienes, nuestras cuentas bancarias, de endeudarnos sin la autorización de un varón“, explica la politóloga y autora Florencia Freijo en su libro (Mal) Educadas.
En esta línea, cuenta cómo durante siglos se nos negó la autonomía financiera, lo que limita -con sus repercusiones hasta nuestros días- nuestra capacidad de decisión sobre la propia economía. “La capacidad de gestionar finanzas es una conquista reciente del feminismo, que rompe con siglos de subordinación legal y social“.
“Existe una necesidad de desmantelar estereotipos de género que operan en el seno de las familias y en la sociedad, para que todas las parejas, sin importar su composición, puedan construir relaciones económicas más justas y equitativas”.
Al rol de la mujer dentro de la economía “privada”, se le suma el costo de la maternidad, la brecha salarial entre géneros y la falta de educación financiera femenina que constituyen una base de tres patas para que todavía en el 2025, los estereotipos se reproduzcan con tanta fuerza en el seno de las parejas. “Hasta el punto de que la confusión al tomar decisiones sobre el patrimonio es absoluta- señala Bravo Cox- ¿Conviene casarse? ¿Convivir? ¿Queremos construir una vida juntos sin que eso signifique pérdida económica y patrimonial para la mujer? ¡Pensar estas cosas también es amor!“.
¿Es momento de prestar atención a esta figura de la unión civil que tenemos olvidada por el avance de estructuras modernas y formas de pareja más libres “sin papeles“? ¿Es hora de revisar qué es realmente el amor, si no es protección y valoración?
Los avances no son verdaderos avances si con la llegada de los hijos y la vida en pareja “nos encontramos frente a un empobrecimiento, una dependencia económica, una postergación de los desarrollos profesionales y una invisibilización de los trabajos que realiza la mujer o la persona que se dedica al hogar y la crianza”, cuestiona Bravo Cox.

Juntos para siempre
Esta expresión representa otro estereotipo: una idealización del amor en las etapas iniciales de una relación, donde la pasión y el compañerismo prevalecen sobre las preocupaciones materiales.
Al principio de un vínculo amoroso las parejas se enfocan en la conexión emocional, la afinidad y el deseo de construir un futuro juntos, minimizando o incluso ignorando los aspectos patrimoniales o económicos. La idea es que el amor es tan fuerte que puede superar cualquier adversidad, incluso la escasez. Pero esta mentalidad puede volverse una trampa, especialmente para las mujeres, cuando la relación avanza hacia una unión o una convivencia duradera, en donde nacen hijos y se adquieren bienes.
La desventaja patrimonial de la mujer en caso de desacuerdos, divorcio o incluso en casos como fallecimiento del cónyuge es una problemática real y recurrente. Las mujeres históricamente relegadas al rol de cuidadoras en el ámbito doméstico implica una menor participación en el mercado laboral formal o una trayectoria profesional discontinua. Por consiguiente, una posición de dependencia económica (aún cuando este rol haya sido deseado y decidido de común acuerdo) respecto a sus parejas, generalmente varones.
En caso de divorcio: Si no existen acuerdos prenupciales, una división equitativa de bienes o una compensación económica por el tiempo y las oportunidades perdidas (como la dedicación al hogar y la crianza), la mujer puede encontrarse sin patrimonio propio, con escasa experiencia laboral formal y dificultades para reinsertarse en el mercado. El patrimonio acumulado durante la unión, fruto del esfuerzo conjunto en los roles que hayan aportado, no siempre se distribuye de manera justa para compensar la contribución no monetaria de la mujer.
En caso de fallecimiento del cónyuge: Si la mujer no figura como heredera directa ni está casada o tuvieron el cuidado de consultar legalmente para protegerse de forma equitativa, no hay testamento, o los bienes estaban exclusivamente a nombre del fallecido y no existía un régimen de bienes gananciales claro, la mujer puede quedar en una situación de vulnerabilidad económica. Esto es aún más crítico si ella no tiene ingresos propios o una pensión. Francisca Bravo Cox se plantea intervenir en estos temas antes, y así que no sea injusto para la mujer ni haya que pedir compensaciones post divorcio cuando ya la pareja no existe.
“Dentro de la estructura legal argentina, el matrimonio garantiza un paraguas de derechos interesante a tener en cuenta por sobre los dispositivos como regímenes de convivencia”.
La abogada dedicada a la “equidad puertas adentro”, advierte que la maternidad impone un costo económico significativo para las mujeres, con frecuencia invisibilizado. Denomina a esto como el “empobrecimiento de la mujer y enriquecimiento del hombre al estar en pareja, ya que él suele ganar aún más cuando está en dupla con una mujer que lo cuida también a él”, haciendo un llamado urgente a la corresponsabilidad efectiva en la crianza y las tareas del hogar.
“Lo primero a revisar es que el costo de la maternidad no se dimensiona. La verdad es que hasta el día de hoy es casi una decisión de amor, un salto al vacío. Es en realidad un impuesto a la maternidad, una penalización por hijo. Y, en general, es un tema súper tabú dentro de la pareja. No se habla, no se transparenta”. La profesional enfatiza la importancia de hablar abiertamente de dinero, finanzas y patrimonio en la pareja y de planificar cómo será ese período vital.
Las herramientas para llevar a cabo esa planificación y protección serán variadas según cada caso, pero sin dudas es útil tener en cuenta la utilización de dispositivos legales como el matrimonio, que actualmente es “lo más eficiente para asegurar la equidad“ porque implica “un paquete de derechos que hasta ahora es el más completo“.
Bravo Cox, consultora en Argentina y Chile, descubrió gracias a un estudio que las parejas lesbianas, a diferencia de las heterosexuales, logran cerrar la brecha económica que aparece con la maternidad en un plazo de uno a dos años, mientras que en las parejas heterosexuales esa brecha se mantiene de por vida.
¿Qué pasa ahí? El sesgo de género. Es decir, cuando es una pareja de dos mujeres, las tareas de cuidado se hacen mucho más fluidas y corresponsables. Es más equitativo, pese a que la demanda por lactancia y embarazo es de una de las personas. “En cambio, en la pareja heterosexual, siempre va a ser la mujer la que va a asumir la mayor parte de las tareas de cuidado. Existe una mayor corresponsabilidad efectiva en las parejas del mismo sexo, y si esto se puede lograr y es posible en esos casos, será solo cuestión de liberarnos de los sesgos en todo tipo de parejas”.
La diferencia está en la ausencia de los estereotipos de género que encasillan a las mujeres en el rol de cuidadoras principales dentro de las relaciones heterosexuales. Al no haber una “naturalización” de roles basados en el género, la distribución de las responsabilidades de cuidado tiende a ser más equitativa y negociada. Este modelo de corresponsabilidad efectiva permite que ambas mujeres puedan, con el tiempo, reinsertarse o consolidar sus trayectorias laborales, mitigando el impacto económico a largo plazo de la maternidad. En contraste, en las parejas heterosexuales, la presión social y cultural con frecuencia empuja a la mujer a asumir una carga desproporcionada de los cuidados, lo que tiene consecuencias directas y duraderas en su autonomía económica y desarrollo profesional.
Analizar a fondo y a tiempo
Respecto al matrimonio, Francisca Bravo Cox lo considera un factor protector para la mujer, especialmente en lo que respecta al patrimonio, ya que “tiene derechos y obligaciones y se nutre del principal derecho que es la solidaridad familiar”.
En ello coincide Melisa García, presidenta de Abogem: “Dentro de la estructura legal argentina, el matrimonio garantiza un paraguas de derechos interesante a tener en cuenta por sobre los dispositivos como regímenes de convivencia. Con el matrimonio adquirimos la totalidad de los derechos porque se encarga de lo que tiene que ver con la familia, entonces ahí van a aparecer las cargas. Ahí va a aparecer la obra social, la pensión, la cuestión alimentaria en caso de ruptura, la cuestión hereditaria forzosa, la vivienda. En el matrimonio tenemos la totalidad de los derechos que nos protegen al momento de constituir un vínculo.”
García señala a su vez que, justamente la Ley de Matrimonio Igualitario (2010) marcó un hito en la Argentina, equiparando los derechos de las parejas del mismo sexo a los de las heterosexuales: “hay que reconocer que la base del matrimonio como institución legal sigue siendo el pilar más robusto para la protección integral de sus miembros. La claridad en los derechos y obligaciones desde el inicio de la unión es lo que, en definitiva, minimiza las vulnerabilidades futuras, otorgando certeza y seguridad en un vínculo que, por definición, busca estabilidad y compromiso“.
“Con todos sus defectos, el matrimonio es el gran factor protector. Cuando en las parejas, una de las dos tiene un costo por dejar de desarrollar su vida profesional o dejar de trabajar para hacerse cargo del cuidado y la crianza, esto debe compensarse en el patrimonio”.
Sin embargo, ambas profesionales y tanto para el caso de Chile como para el de Argentina, recomiendan analizar en profundidad el régimen de bienes. Destaca que muchas mujeres profesionales, previendo posibles desequilibrios, optan por la separación de bienes. “Hoy en Chile esto se puede, pero fue uno de los últimos países de Latinoamérica en reformar la sociedad conyugal. Se logró el año 2022. Históricamente en Chile se establecía que el marido era el administrador de los bienes de la mujer y de los bienes sociales, lo cual es inaudito porque en el fondo, no había una paridad en el matrimonio. La mujer era una incapaz relativa. No podía administrar, no podía endeudarse. Una locura. La ley se reforma para decir: la mujer va a poder administrar sus bienes propios y va a poder co administrar los bienes sociales junto a su marido. Y además se establecen los bienes familiares, que son los que protegen a la familia. Si un cónyuge se quiere deshacer del patrimonio familiar, tiene que pedir la autorización del otro”, detalla Bravo Cox.
“Con todos sus defectos, esta institución del matrimonio es el gran factor protector. Cuando en las parejas una de las dos tiene un costo por dejar de desarrollar su vida profesional o dejar de trabajar para hacerse cargo del cuidado y la crianza, esto debe compensarse en el patrimonio. Y el matrimonio sí lo compensa a través de la sociedad conyugal. Lo que pasa es que hay que ser súper transparente, hay que hablar desde el principio de estas cosas“.
Frente a la solidez del matrimonio, es inevitable preguntarse qué ocurre con las uniones de hecho, conocidas como concubinato o uniones convivenciales en Argentina. García es contundente: “Las uniones convivenciales son un residual, no son el instituto por excelencia. Las uniones convivenciales tienen derechos muy acotados. No hay una sociedad conyugal, hay una comunidad de bienes de los que las dos tienen que ser titulares. Y si no, tenés que ir a un Código Civil para demostrar que el patrimonio fue construido en común, pero es una pelea judicial. No hay cuestiones alimentarias de mantenimiento, ni herencias forzosas. Son relaciones más débiles, y por ende el Estado así las considera”.
Este punto es clave para aquellas parejas que, por diversas razones, eligen no casarse, creyendo que su compromiso afectivo es suficiente para proteger su patrimonio y sus derechos. Sin embargo, la realidad legal demuestra lo contrario, dejando a uno de los miembros, históricamente la mujer, en una situación de mayor vulnerabilidad económica ante imprevistos.
Mejor es prevenir que curar
Bravo Cox es una ferviente defensora de una nueva forma de entender y aplicar el derecho, que trascienda la mera resolución de conflictos para enfocarse en la prevención y en una visión más holística de las relaciones humanas. “Quiero revolucionar la forma de hacer derecho, porque estamos aplicando el derecho tan pragmático, como separado de las relaciones y no digo solamente relaciones de familia, sino que a nivel comercial, en todos lados existen relaciones y somos personas finalmente, estamos olvidando eso. Entonces, llegar a lo importante, trabajar en base a los intereses y si puedo yo revolucionar el derecho y hablar de un derecho integrado sistémico, bienvenido sea”.
El tema es tan complicado porque cuando dos personas se juntan, se unen dos historias individuales, pero además dos universos de origen, con sus propias trayectorias económicas, creencias y expectativas. Este enfoque sistémico que propone la abogada es clave para prevenir desigualdades y fomentar la equidad. Implica un “derecho preventivo” que actúa antes de que el daño esté hecho, alentando la comunicación y la transparencia desde el inicio de la relación. En lugar de esperar a una ruptura o evento inesperado para “reparar”, se busca construir una base sólida de equidad.
García, por su parte, complementa esta visión preventiva con consejos prácticos para evitar los “errores” más comunes que erosionan la paridad económica en las parejas. Su experiencia en Abofem la lleva a insistir en la importancia de la formalidad y la transparencia, incluso en los detalles que parecen menores: “No hay que permitir que todo quede a nombre de uno solo de los dos. Ni ceder en que la administración de patrimonios, bienes, sueldos, dinero, ahorros o herencias quede sin registro o mención en documentos oficiales. No se trata de falta de amor, al contrario. Y sobre todo, en momentos críticos, no habrá tiempo ni disposición emocional para resolver de forma equitativa. Si se aporta una herencia para un proyecto en común, debe constar explícitamente en la escritura. Si hay ahorros en efectivo, registrarlos o tener acceso ambos a ellos, por ejemplo, una caja de seguridad con doble llave. No confiar en las palabras, sino en los hechos”.
Más allá de la figura legal elegida, la presidenta de Abofem apunta la necesidad de documentar, transparentar y negociar todo lo vinculado a lo financiero, transformando la “confianza ciega” (romantizada) en una confianza informada y protegida. Es, en esencia, un llamado a la acción para empoderar a cada miembro de la pareja, garantizando que el amor no implique nunca un sacrificio económico silencioso.
Desafíos a futuro
Lograr que los arraigados sesgos de género dejen de ser funcionales en la sociedad es un el mayor reto. Pese a los avances, la percepción del rol de la mujer en la economía y en el hogar aún está teñida por patrones culturales que la desfavorecen. La falta de reconocimiento del valor económico del trabajo de cuidados es un claro ejemplo. Impulsar esta nueva forma de ver el derecho, más integral, enfocada en el sistema y los vínculos puede ser fundamental para que la sociedad civil pueda avanzar en la paridad económica y patrimonial en las relaciones de pareja. “El amor verdadero implica todas estas cuestiones, bien terrenales, de reconocimiento, de igualdad, de equipo. Ojalá algún día entendamos lo sensuales y amorosas que son estas conversaciones que hoy cuestan tanto“, desea Bravo Cox en voz alta.
Ilustración: Romina Karl.
at Malen Lesser
Accedé a los beneficios para suscriptores
- Contenidos exclusivos
- Sorteos
- Descuentos en publicaciones
- Participación en los eventos organizados por Editorial Perfil.

Comentarios